Constituciones y Directorio De Los Padres Marianos

Anexo 286 de defenderse de manera justa y purificación de acusaciones, observando orden jurídico], recurriendo también, si es necesario, a la ayuda de autoridades civiles. Porque un verdadero siervo de Dios debe vivir en paz. ¿Debe considerar a la persona a la que debe obedecer? O ¿No debería considerar el amor a causa del cual obedece?13 Todas las penitencias y mortificaciones asignadas por el superior deben ser cumplidas, con la ayuda de Dios, con humildad y alegría, por severas que parezcan. No murmuren en contra de los superiores o ni se quejen de ellos, sino ámenlos y respétenlos. Pero si alguien hubiera sido verdaderamente agobiado por algún superior, que lo soporte con mucha paciencia por el mérito de la vida eterna o que con gran humildad presente [este problema] por sí mismo o a través de alguien al superior que lo pueda convencer para que modere debidamente la situación. 2. La esencia de su pobreza es que nadie tenga algo en privado o se atreva a reclamar algo como suyo sin el consentimiento del superior. Aquellas cosas que se asignen para su uso, se mantendrán limpias, y en la medida de lo posible en buenas condiciones para que duren por mucho tiempo. Todos los ingresos deben ser para uso común, independientemente de si se obtuvieron de la limosna o de otras fuentes, y la forma de su recolección, almacenamiento y distribución, que se encuentra en los decretos papales, debe preservarse en su totalidad bajo la pena de las sanciones especificadas.14 Que nadie guarde para sí no solo dinero, bajo pena de privarlo de voz activa y pasiva, sino también alimentos o 13 Pensamiento probablemente tomado de la Constitución del Instituto de Escuelas Pías, donde al final de esta frase se explica quién es, “por amor de quién”, a saber: “qui est Christus Dominus” (y este es Cristo el Señor); ConstSP, cap. II, § 11. 14 Este parece ser el decreto de Clemente VIII Nullus omnino (1599), donde en el § 2 se dice que un religioso no puede poseer nada. También hay sanciones para aquellos que no se someten a estas regulaciones papales; cf. NVS, p. 40, nota 38.

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