Constituciones y Directorio De Los Padres Marianos

Estructura y gobierno 253 al consejo provincial. El superior provincial o su sustituto, en presencia de al menos dos miembros del consejo, abrirá el sobre y las papeletas y anunciará los nombres de quienes resulten electos y, si fuera necesario, recomendará que se repitan las elecciones. (C 274) CR 748 Propuestas al capítulo provincial 249Cada cofrade podrá enviar por escrito a los delegados electos para el capítulo provincial, sus peticiones, deseos y proyectos que considere en el Señor, apropiados para ser presentados en el capítulo provincial. (C 274) CR 750 Segunda sesión del capítulo local 250Antes de la sesión de elecciones del capítulo provincial, se hará una segunda sesión del capítulo local, en la cual, según los Estatutos provinciales, se recogerán los votos de los cofrades para la votación consultiva antes de elegir al superior provincial. (C 274) CAPÍTULO X CONVENCIONES Participantes de la convención general 251En la convención general, además del gobieno general, participarán los superiores de las provincias, las viceprovincias o sus sustitutos (vicarios), los superiores de los vicariatos generales y también los cofrades con mayor conocimiento y experiencia en la vida religiosa o el apostolado, según el tema de la convención, propuesta por los superiores de las provincias y aprobada por el superior general, con el voto consultivo de su consejo. (C 275) Participantes de la convención provincial 252En la convención provincial, además de la administración de la provincia, participan los superiores de las casas o eventualmente también sus vicarios, como representantes de las diversas obras de la provincia, designados

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