Directorio — Parte V 222 Libros de noviciado 132El maestro de novicios mantendrá un libro en el cual anota, el nombre y apellido, nombres de sus padres, edad, lugar de nacimiento de cada candidato, dispensas concedidas, la fecha de ingreso en el noviciado, y el día de la profesión; debe asegurarse también que sea redactada la crónica del novicio. (C 179) CR 610 Informe sobre los novicios 133Al menos dos veces al año, el maestro de novicios presenta por escrito al superior mayor correspondiente un informe sobre el comportamiento y progreso de cada novicio, como también sobre su personalidad, capacidades y cualidades. (C 179) CR 611 Práctica apostólica 134Corresponde al maestro, con el consentimiento del superior mayor: 1) designar a los novicios que deben hacer práctica apostólica; 2) determinar el número y duración de pruebas prácticas para cada novicio; 3) establecer la naturaleza de la práctica que será llevada a cabo; 4) definir el modo de realizarla; 5) guiar las labores que conlleva la práctica. (C 179, 185) CAPÍTULO V PROFESIÓN RELIGIOSA Evaluación requerida 135Es deber de los superiores mayores requerir, en el momento oportuno, al superior local y al consejo de la casa en la que vive el miembro que va a hacer su profesión, una evaluación que le concierna y examinarla cuidadosamente. (C 189)
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