Formación 221 Término del cargo del maestro de los novicios 128El término del cargo del maestro de novicios y su asociado es de tres años. Los mismos pueden ser reelegidos. (C 177) Deberes del maestro 129El maestro de novicios tiene el deber serio de introducir cuidadosamente a los novicios en la disciplina religiosa, de acuerdo con las leyes de la Congregación, educarlos y formarlos adecuadamente, y de probar debidamente y fortalecer su vocación. El maestro debe saber bien que le fue confiada una tarea de gran importancia, ya que el progreso de los novicios y la esperanza de la Congregación dependen de su educación y formación. (C 178) CR 606 Preparación del maestro 130Visto que al maestro de novicios le fue confiado un deber importante, él mismo debe ser un instrumento apto en las manos de Dios. Además de una formación general y del conocimiento de la vida religiosa y de nuestra Congregación, debe adquirir un buen conocimiento, tanto teórico como práctico, sobre la doctrina de la perfección cristiana y de la psicología humana. Además, para que su conocimiento esté en armonía, tanto con la mentalidad de la Iglesia como con las circunstancias de la vida social, él mismo debe ocuparse de estudios oportunos para adquirir mayor experiencia en estos asuntos. (C 178) CR 607 Informe de vida 131Mensualmente el maestro exigirá a cada uno de los novicios un informe de vida. Frecuentemente acompañará a cada uno en particular y trata de conocer bien profundamente a todos para poder servirles con más eficiente ayuda. (C 178–179) CR 609
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