Constituciones y Directorio De Los Padres Marianos

Directorio — Parte V 220 CAPÍTULO IV NOVICIADO Retiro espiritual antes del noviciado 122Antes de iniciar el noviciado, los candidatos hacen un recogimiento por el tiempo determinado en los Estatutos provinciales. (C 171) CR 52 Rito e inscripción 123El noviciado comienza con el rito litúrgico prescrito en el Ritual de los Marianos. El superior que acepta la admisión al noviciado a la Congregación o su delegado, deberá inscribir dicha admisión en el libro apropiado para que quede registrado el evento. (C 171) CR 53–54 Lugar de la primera profesión 124Generalmente la primera profesión debe realizarse en la casa del noviciado. Sin embargo, el superior mayor, por una causa justa, puede permitir que la primera profesión se haga fuera de la casa del noviciado. (C 171) Profesión en peligro de muerte 125Un novicio que está en peligro de muerte, puede ser admitido a la primera profesión por el superior local. Si él se recupera de su enfermedad, reasume su estado previo como si no hubiera hecho la profesión. (C 171) CR 74 Retiro espiritual antes de los votos 126Antes de profesar los votos, el novicio debe hacer ejercicios espirituales durante seis días. (C 171) CR 82 Asistente del maestro 127Al maestro de novicios se le puede nombrar un asistente que esté inmediatamente sujeto a él en los asuntos pertenecientes a la dirección del noviciado. (C 177) CR 602

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