Estructura y gobierno 233 Preguntas y respuestas 176El visitador tiene el derecho y el deber de interrogar a los cofrades que él juzgue necesario y de obtener la información necesaria sobre aquellos asuntos que son el objetivo de la visita. Todos los cofrades estarán obligados a responder con la verdad y en el espíritu de la caridad. No se le permitirá a nadie obstaculizar o impedir de cualquier modo o manera el propósito de la visitación. (C 243) CDC 628 § 3; CR 715 Protocolo de visitaciones 177El visitador, en el libro de las visitaciones, escribirá el protocolo de la visitación realizada con las oportunas disposiciones, las cuales permanecerán en vigor sólo hasta la siguiente visitación, a no ser que sean legalmente aprobadas. El visitador llevará una copia del protocolo y también pondrá por escrito las observaciones de lo que percibió, buenas y malas en la casa, para informar al superior que lo delegó o a su consejo. Mantendrá, prudentemente, la necesaria discreción y secreto sobre todo lo que escuchó. (C 243) CR 718 Asistencia del superior provincial 178El superior provincial se abstendrá de tomar decisiones de mayor importancia durante la visitación general y ayudará al visitador a cumplir con su tarea de la mejor forma posible. (C 243) Iniciativa y obediencia 179Los superiores tratarán de ayudar a los cofrades para que ellos puedan conciliar su humilde y perfecta obediencia con su iniciativa propia. (C 61) DE 25 de enero de 1911 Ejemplo de vida 180Los superiores deberán ser para los cofrades un ejemplo de una vida profundamente unida a Dios, de amor a la Iglesia y a la propia Congregación, de observancia religiosa y de celo apostólico, de mutuo respeto y de cooperación fraterna tanto en oración y como en acción. (C 64) CR 516
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