Constituciones y Directorio De Los Padres Marianos

Directorio — Parte V 226 Vigilancia de los superiores mayores 149Los superiores mayores traten, sobre todo, de visitar personalmente los institutos y las casas de estudios, vigilar cuidadosamente la enseñanza impartida a los alumnos donde estudian carreras científicas al igual que las eclesiásticas y, además, obtener información más detallada de la piedad, el espíritu y el progreso de los estudiantes. (C 203) CR 119 Suplemento de la educación secundaria 150Si los estudiantes en la escuela secundaria no obtuvieron suficiente instrucción sobre la lengua latina, de la doctrina cristiana y de otras materias, los superiores deben proporcionar que esta deficiencia sea remediada oportunamente. (C 205) CDC 249; OT 13; RF 156; CR 121 Formación pastoral 151Los estudiantes deben ser instruidos en lo que se refiere especialmente al sagrado ministerio, sobre todo en catequesis y predicación, culto litúrgico y administración de los sacramentos, en las obras de caridad, en el deber de ayudar a los descarriados e incrédulos, y en los otras tareas pastorales. También deben ser debidamente instruidos en la doctrina de la dirección espiritual. Igualmente, se les debe enseñar a utilizar la ayuda que puedan ofrecer las ciencias pedagógicas, psicológicas y sociológicas. Si en el seminario o en el lugar donde estudian nuestros estudiantes no se enseñan estas asignaturas, los superiores deben proveerlas de otra forma. (C 208) OT 19–20; CR 124 Prácticas apostólicas 152En el transcurso de los estudios, que los superiores separen algún espacio de tiempo, especialmente las vacaciones de verano, para el ejercicio de diversas obras apostólicas. Estas prácticas se deben realizar metódicamente guidas por moderadores expertos en ministerio apostólico y deben servir para probar la vocación de cada uno de los estudiantes. (C 208) OT 12, 21

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