Lumen Spanish

Fin de la vida de Padre Estanislao 405 marianas a un capítulo en Nowa Jerozolima, el 4 de abril de 1701, donde se leyó la nueva regla y se dio el consentimiento escrito espe- rado por el nuncio. 108 El documento, firmado por seis padres en nombre de todos los marianos, 109 declaraba su prontitud a aceptar las Reglas de las diez virtudes y hacer la profesión de votos solemnes. Los que firmaban solicitaban al nuncio, como su protector, que aceptara esta profesión, en base a la breve apostólica del Papa Inocencio XII, tan pronto como fuese posible. Escribían que era necesario apresurarse debido a la grave enfermedad de su superior. Agregaban que su superior espe- raba ansiosa y humildemente el consentimiento de su Reverendísima Excelencia. 110 Fue sólo el 6 de junio de 1701 que el Padre Estanislao recuperó sus fuerzas lo suficiente como para ir a Varsovia a hacer su profesión solemne ante el nuncio. Allí se encontraban Padre Cayetano Bellavita del monasterio de los Padres Teatinos en Varsovia, y Padre Carlos Vandera, capellán del palacio. 111 El mismo día se escribió un docu- mento con el texto de la profesión. El fundador de los marianos juró: “Yo, Estanislao de Jesús María, indigno superior de la Orden polaca de la Inmaculada Concepción de la Santísima Virgen María, cuyo objetivo es ayudar a los difuntos y a los párrocos, prometo y juro a Dios y a la Santísima Virgen María... observar durante toda mi vida la Regla de la imitación de las diez virtudes de la Santísima Virgen , mientas no sea contraria a los principios de nuestro instituto, viviendo en castidad, obediencia y santa pobreza”. 112 Más tarde, el nuncio le ordenó al fundador de los marianos que recibiese las profesiones de votos solemnes de otros miembros de la congregación. Al mismo tiempo, emitió una confirmación del pro- ceso completo asociado a la incorporación de los marianos a la Orden Franciscana, y con el cumplimiento de la orden papal. La confirma- ción contenida en todos los documentos conectados con el cambio de estatus de la Congregación de los Padres Marianos de una orden aprobada bajo el derecho diocesano a una orden con votos solemnes, aprobada bajo derecho papal. 113

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