Aprobación y Ratificación de los estatutos de la Congregación de Clérigos Marianos Regulares ofreciendo auxilio a los difuntos y asistiendo a los pastores en su ministerio Inocencio XIII, Papa Para el recuerdo perpetuo del asunto. Al estar establecido por la insondable abundancia de la gracia de Dios, sobre el más alto trono de la Iglesia militante, nosotros endosamos lo que se ha dicho que prudentemente, ha sido establecido y ordenado bajo el yugo dulce de Cristo y bajo la costumbre de disciplina religiosa para la dirección acogedora de hombres religiosos quienes se esfuerzan por cumplir sus votos, aportan, tras la inspiración de gracia celestial, innumerables beneficios de sus buenas obras, para que se mantenga constante e intacto y seguro por nuestra protección apostólica, quienquiera que la pida. Por tanto, como nuestro amadísimo Joaquín de Santa Ana, Procurador General de los Clérigos Marianos Regulares de la Congregación bajo el título de la Inmaculada Concepción de la Santísima Virgen María, recientemente trajo [el asunto] sobre que ciertos estatutos, ordenanzas, y decretos para la dirección fructífera y observancia cuidadosa de la disciplina religiosa nos fueran sometidos que han sido previamente aprobados por los Capítulos Generales de la Congregación, y que fueron ratificados por la autoridad episcopal, así como uno al presente, quien era en ese tiempo el Nuncio de la Santa Sede Apostólica, en el Reino de Polonia, y como el dicho Joaquín de Santa Ana, Procurador General, fervientemente deseaba que estos estatutos, ordenanzas y decretos fueran
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